martes, 22 de marzo de 2011

Charla-coloquio con mujeres empresarias.




El domingo 6 de marzo en la cafetería YERBABUENA, con motivo de la celebración del día 8 de marzo, Manoly Nicólas, Anabel Benito, ambas de UPyD Alicante, y Ana Barrado, de Valencia, han celebrado una charla-coloquio con mujeres empresarias, emprendedoras y trabajadoras.

El tema principal de la reunión ha sido "Conciliación familiar y laboral de la mujer hoy en día", allí se han expuesto muchos temas de interés. La igualdad, la educación y la formación ha sido uno de los debates de la tarde.

Se plantearon muchas cuestiones importantes como es el tema de las guarderías de 0 a 3 años, los horarios de colegios, comedores escolares y escuela matinal, los permisos de maternidad y por enfermedad, entre otros.

Una cuestión básica es el tema de la independencia económica de la mujer. Desde UPyD consideramos que es importantísimo el tema de la igualdad de todos los ciudadanos ante las leyes, por ello se considera que el tema del divorcio es una cuestión que hay que modificar para que esa igualdad sea real. En esta charla tratamos este tema de forma más extensa y planteamos las propuestas de UPyD al respecto como son entre otras:

- Liquidación del domicilio, enseres y ajuar si se ostentan en cotitularidad, pudiendo uno de los cónyuges adjudicárselo compensando al otro del valor de la parte que sea de su propiedad.

- No parece que tenga sentido adjudicar bienes a los hijos y convertirlos en dueños de derechos que en situación de matrimonio no tendrían.

- Se limita a 2 años con posibilidad excepcional de prórroga por 1 año más el uso del domicilio cuando la propiedad esté participada por ambos cónyuges.

- Se establece el límite de la obligación alimentaria en 23 años. A partir de este momento se invierte la carga de la prueba, es decir se tendrá que demostrar que, por estudios o cualquier otra razón objetiva se necesita la prórroga de esta obligación.

- Si la vivienda es de uso privativo de uno de los cónyuges el uso será suyo, si bien en casos excepcionales se podrá atribuir al cónyuge no titular por un periodo de tiempo no superior a 1 año.

- La carga hipotecaria será asumida por ambos cónyuges en proporción equivalente a sus cuotas de participación.



Después de un animado debate cerramos la charla compartiendo unos cafés y emplazando a las asistentes a hacernos partícipes de sus inquietudes y sus propuestas.

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